conference-1886023_640

El preconcurso de acreedores . ¿Cuáles son sus ventajas y desventajas?

El preconcurso de acreedores podría definirse como una prórroga o periodo de gracia que la ley concede a las empresas que están a punto de entrar en concurso para que tengan una última oportunidad de reconducir su situación antes de la intervención judicial.

Si bien el art. 5 de la Ley Concursal dispone que “ el deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia”, teniendo presente la falta de precisión de esta última frase “ fecha en la que hubiera conocido o debido conocer”, es que la propia Ley Concursal en su artículo 5 bis establece la posibilidad de que una empresa en situación de insolvencia disponga de un último plazo para renegociar con sus acreedores y de esta forma conseguir un nuevo acuerdo de financiación.

¿Qué tiempo puede durar un preconcurso de acreedores?

Teniendo presente que la Ley concede tres meses a la empresa para alcanzar un acuerdo con los acreedores y, que una vez finalizado ese periodo y en caso de no lograrse el convenio, la empresa insolvente dispone de otro mes más para presentar al juzgado la solicitud de declaración de concurso, entendemos que en la práctica nos encontraríamos ante un plazo de cuatro meses.

Ventajas del preconcurso de acreedores

  • Concede a las empresas un periodo de tres meses más un mes extra en el que la sociedad puede negociar con sus acreedores.
  • Agilidad en el procedimiento, dado que en el concurso de acreedores hay hasta cuatro fases lo cual conlleva un largo periodo de tiempo.

 

  • La empresa tiene la posibilidad de conservar sus órganos de gobierno.

 

  • No se publica ni en el Boletín Oficial del Estado ni en el Registro Público concursal.

Desventajas del preconcurso

Si bien la figura del preconcurso de acreedores presente una serie de ventajas, podemos mencionar como aspecto negativo del mismo el hecho de que la comunicación de preconcurso no impide a los acreedores iniciar individualmente sus reclamaciones frente a la sociedad concursada.

Si tu empresa se encuentra en situación de insolvencia y tienes la intención de iniciar un preconcurso de acreedores no dudes en ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos a lo largo de todo el procedimiento.

Elcarte&González, Asesores Concursales S.L.P

Para cualquier duda o consulta que le pueda surgir en relación a este tema, no dude en ponerse en contacto con Elcarte&González. Le ayudaremos y resolveremos todas sus dudas.